Por María Alejandra Martínez Trujillo
mmartinez217@unab.edu.co
La covid-19 sigue disparando las alarmas. El miedo, la desinformación y los testimonios provenientes de todas partes del mundo aumentan la desesperación de la gente, los casos de contagio y por consiguiente los decesos. El rigor que alcanza la palabra ‘muerte’ y su íntima relación con el coronavirus moldean de alguna forma la manera como las personas ven la vida. Este cambio de percepción en cuanto al virus y el posible efecto en la salud ha hecho que, durante los meses posteriores a la declaración de la pandemia, un alto número de sujetos movidos por la angustia y el temor de un futuro incierto, decidan redactar sus testamentos.
Nubia Schneider (70 años, pensionada) asegura que la situación generada por la crisis sanitaria la alertó a ella al igual que a su familia, y la llevó a conocer el proceso para legalizar su herencia. “Muertos en todos lados, la falta de respiradores, mi edad y los achaques de salud lo llenan a uno de miedo, todo toca dejárselo a mi Dios. El testamento es mejor hacerlo en vida, para evitarle pleitos a la familia y para que no se maten por lo que uno les dejó”.
Regulaciones a través del tiempo
El Código Civil de Colombia, redactado por el venezolano Andrés Bello y expedido en 1887, en su artículo 1055 define el testamento como un acto mediante el cual el testador, es decir, la persona que va a distribuir su patrimonio, aún en vida, divide libremente parte de sus bienes entre la gente que a su voluntad considere o elija, sean sus herederas legítimas o no.
Como lo plantea el abogado Eduardo Carreño, especialista en Derecho Laboral, un testamento se basa en hacer una declaración legal, escrita y voluntaria sobre la repartición de bienes después de la muerte. “Para expresar la última voluntad se requiere de tres testigos, testador y notario para hacer válido este proceso. Lo más importante es que al momento de redactar el texto, el testador sea una persona capaz y en pleno uso de sus facultades mentales”.

Si alguien toma la decisión de redactar un testamento, lo primero que debe tener en cuenta es que a partir del 1 de enero del año 2019 entró en vigor la Ley 1934 del 2018. Esta norma ordena que toda persona con sociedad conyugal vigente debe respetar el 50 % que le corresponde a su cónyuge y disponer del 25 % de su capital para distribuir entre su pareja legal y sus hijos. El 25 % restante lo puede legar a su antojo. En caso de no tener herederos y no haber realizado ningún testamento en vida, la Ley 29 de 1982 dice que su patrimonio queda en manos del Estado, en cabeza del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Frente a esto, la asesora jurídica de la Notaría Décima de Bucaramanga, Carolina Vargas, sostiene que quienes recurren usualmente a este documento son los individuos que no tienen herederos y que quieren dejar clara la distribución de sus bienes. “Muchos testadores que no tienen esposa, hijos o hermanos, dejan sus propiedades a sobrinos, primos, conocidos o instituciones”.
Abundan los testadores
Según el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia el número de muertes promedio al día durante el mes de abril de 2020 a causa del virus ascendió a 280. Los noticieros y las redes sociales se encargaron de propagar el miedo, la angustia e incertidumbre, aspectos que movieron a las personas en edad de riesgo a querer definir cómo distribuir su patrimonio entre aquellos con más posibilidades de sobrevivir esta situación.
Manuel Rodríguez, notario encargado de la Notaría Segunda en la capital santandereana afirma que durante los meses difíciles de la pandemia las consultas de procesos legales aumentaron de forma notoria. “Ver la muerte tan de cerca develó la fragilidad del ser humano y la posibilidad de seguir viviendo. Esto hizo que las consultas para la redacción de testamentos que eran tres diarias, pasaran a ocho al día”.

Adaptación de servicios
El 20 de marzo, con el inicio de la cuarentena, las notarías al igual que todos los sitios de encuentros masivos tuvieron que cerrar sus instalaciones. Durante cinco semanas dejaron de prestar servicios, pues hasta mediados de abril la Superintendencia de Notariado y Registro permitió su reapertura. Horarios específicos y medidas de distanciamiento claramente definidas fue el protocolo ordenado para atender el público y mitigar la propagación del virus. “Las notarías empezamos a trabajar en abril un horario reducido, solo ofrecimos consultas virtuales y se atendía de 9 de la mañana a 1 de la tarde, luego en junio trabajamos de 9 a.m. a 3 p.m. y desde el 1 de septiembre retomamos nuestro horario habitual de jornada completa”, dice Carolina Vargas.
Si bien las consultas y las asesorías de los procesos notariales se llevan a cabo por medio de correo electrónico y llamadas, la formalización de testamentos implica necesariamente de la presencialidad de los miembros requeridos por ley para tal efecto. Al momento de hacer el documento, se deben relacionar los datos personales del testador (nombres, número de cédula, dirección…), así como también el inventario total de sus bienes muebles e inmuebles, y la manifestación de su voluntad para hacer el trámite.
Además de esto hay formalidades rigurosas que debe cumplir el notario encargado, como la lectura obligatoria en voz alta del escrito, la firma de los asistentes y la verificación de la salud mental del testador. Marelly Mendoza (51 años), docente que empezó su acto testamentario en tiempos de la covid-19 asegura que tuvo que cumplir algunos requisitos específicos para que sus testigos fuesen aceptados. “Ellos no podían tener parentescos conmigo, ni tampoco podían resultar beneficiados en la distribución de mi patrimonio”.

Independientemente de los efectos que la pandemia esté generando en la gente, el testamento como forma legal de redactar los deseos finales de las personas, en cuanto al manejo de sus activos, ha permitido a través del tiempo garantizar la equidad en el reparto de los bienes para los herederos y sobre todo garantizar la estabilidad económica de los cónyuges legales.