Mediante resolución No. 515 de 2017 expedida por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB), el 22 de septiembre se prohíbe la circulación de vehículos de servicio particular, (carros y motos) en el municipio de Bucaramanga, desde las 06:00 am, hasta las 08:00 p.m.

Según boletín de prensa de DTB, “lo que sí está permitido, es el tránsito de vehículos de transporte público urbano colectivo y masivo de pasajeros, así como el de radio de acción intermunicipal, departamental, nacional y de  anillos viales. Entre otros automotores que también se excluyen de la medida,  se encuentran  los vehículos de la fuerza pública,  los de atención de emergencias, los de asistencia médica especializada identificados externamente y los conducidos o que transporten personas con discapacidad de manera habitual, de acuerdo a la normatividad vigente”, afirman en el comunicado.

Los vehículos que se encuentran exentos de la medida, deben presentar la documentación necesaria. “Deben acreditar la calidad por la cual están exentos, portando certificación laboral, copia de la Cámara de Comercio del establecimiento en el cual laboran y uniforme o escarapela. Adicional a ello, deben llevar vigente el SOAT, la Licencia de Tránsito,  la Licencia de Conducción, el Certificado de Revisión Técnico Mecánica, la Revisión de Mantenimiento Preventiva, el Seguro Contractual y Extra Contractual, la Tarjeta de Operación y los demás documentos contemplados en la ley, según sea el caso”, asevera la DTB en la información suministrada.

Los ciudadanos que incumplan la Resolución 515 se les multarán con la suma de quince (15) salarios mínimos diarios legales y vigentes (SMDLV).

 

Con información del Boletín de Prensa DTB.

 

Por Redacción Periódico 15

periodico15@unab.edu.co

Universidad Autónoma de Bucaramanga

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