
En cuestión de seguridad vial es relevante si un transporte está legalmente constituido o no. Es por ello que Periódico15 presenta un análisis entre transporte público (buses y taxis) y transporte ilegal (Uber y mototaxismo). El análisis se da en tres categorías: vehículo, conductores y normativas.

La accidentalidad vial en Colombia es la segunda causa de muerte violenta en el país después del homicidio, según el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. En caso de accidente , ¿cómo responde el transporte informal?
Si un pasajero se accidenta en un transporte ilegal o legal es cobijado por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, Soat, desde que este se encuentre vigente. Sin embargo, de ser un servicio ilegal se afrontan consecuencias jurídicas, además del siniestro.
La red de transporte privado, Uber, manifiesta tener vinculación con la compañía Allianz Seguros S. A con el fin de «mantener un seguro con cobertura de responsabilidad civil y accidentes personales «, sin embargo, la entidad afirma que tal relación obedece a una «póliza de política exclusiva».
Periódico15 no obtuvo una respuesta de Uber sobre los componentes, valores y condicionantes de dicha póliza. En contraste, Gustavo Ernesto Vargas Díaz, agente de tránsito e instructor de conducción y educación vial, reitera en el hecho de que «al no estar legalmente constituido la prestación del servicio Uber dichas pólizas no son válidas de ninguna manera».
Caso Uber: se sigue considerando ilegal
El transporte en Colombia se encuentra regulado por el Decreto 1079 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte. Empresas que prestan el servicio de transporte privado por medio de aplicaciones tecnológicas, como es el caso de Uber, desean ser parte de dicho decreto y así poder prestar su servicio legalmente.
Desde noviembre de 2015, se abrió debate entre el Gobierno nacional, el gremio de taxistas y representantes de Uber para llegar a un acuerdo y regular el servicio. En ese momento a Uber se le planteó la posibilidad de convertirse en una empresa de transportes; sin embargo, la plataforma respondió con una negativa y argumentó que son únicamente una aplicación.
Actualmente existe un ‘vacío’ en la norma debido a que la Sala Plena de la Corte Constitucional se declaró inhibida ante el debate planteado dos años atrás, decisión que deja a Uber, junto con su legalidad, en veremos.
Mientras que en Colombia no se aclare la situación de prestación de servicios públicos por plataformas, Uber y demás aplicaciones serán consideradas ilegales; por lo que su funcionamiento puede ser sancionado y es visto al mismo nivel (en condiciones legales) que el mototixismo.
Vehículo
El seguimiento y regulación de las condiciones en cuestión de vehículo son un factor diferenciador a la hora de comparar el transporte legalmente constituido, como taxis y buses, frente al transporte informal, como Uber y mototaxi.
Por un lado, las empresas de taxis y buses públicos deben realizar cada dos años a todos los vehículos una revisión técnico-mecánica; por otro lado, el transporte informal no presenta una vigilancia rigurosa y en temas ambientales y de seguridad es cada seis años que actualizan dicha revisión. “Lo que es tipo Uber, esos vehículos no presentan revisiones… están contaminando y posiblemente pueden presentar fallas mecánicas porque no tienen seguimiento”, comenta Vargas Díaz.
Conductores
Un segundo factor de comparación es la parte humana. La capacitación de quienes manejan y transportan vida, para las empresas de transporte legal es un requisito y un deber. “Normalmente se realizan dos o tres capacitaciones anuales en temas de movilidad… la preparación de un conductor de servicio público es mucho más óptima que la de un conductor de servicio informal” agrega Vargas Díaz.
No existe ninguna norma que obligue a conductores de servicio informal a recibir formación especial en el tema de conductas viales y sus conocimientos no son especializados en el tema.
Las licencias de conducción para quienes son conductores de vehículos particulares deben ser renovadas cada 10 años. Cuando se llega a los 60 años esta debe ser renovada cada cinco años y a los 80 años, cada año.
Esto con el fin de llevar un control y establecer si la persona es realmente apta para seguir en las vías. Por el contrario, al conductor de servicio público el Código de Tránsito le hace entrega de la licencia máximo con una vigencia de tres años y cuando este cumple 60 años todos los años debe de renovarla.
“En cuestión de parte humana y salud las garantías están dadas en el sector público y en lo informal el riesgo de que ocurra una situación negativa por cuestiones humanas es mayor”, asevera Vargas Díaz.
Normativas y seguros
El Soat es un seguro del gobierno administrado por aseguradoras. Este ampara los servicios de transporte y traslado, atención de lesiones, incapacidad total o permanente y la muerte. Sin importar si se está haciendo uso de un transporte ilegal, todo vehículo está cobijado por el seguro.
“Es indiferente si es un transporte legal o no porque lo que prima es la vida”, afirma Juan Carlos Rodríguez Narváez, director administrativo de la aseguradora Seguros del Estado. Sin embargo el Soat tiene límites en su cubrimiento.
Al servicio público, aparte del Soat, se le exigen dos pólizas más de seguro. Estas que al momento en el que se llega al límite establecido por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, estos seguros extras cubren el excedente.
Es obligatorio que las empresas que prestan un servicio de taxi posean un seguro de responsabilidad civil y extracontractual, con el cual cualquier pasajero es amparado y así se “protege y favorece a todas las personas que estén dentro del vehículo… estos cubren lo que son lesiones graves, desmembraciones y la muerte”, afirma Héctor Gerardo Cáceres Rincón, experto en movilidad vehicular, ex director de tránsito de Bucaramanga y actual gerente de Movilidad y servicios.
Las aseguradoras han puesto en marcha procesos de verificación llamados peritajes para poder dar aval al momento de cobrar el seguro. Estos procedimientos obedecen a la existencia de casos donde los conductores pedían el cubrimiento por razones diferentes a accidentes. “La gente reclamaba por casos como estar parado en una moto y caerse, ir a la clínica y no ingresaban por la Entidad Promotora de Salud, EPS, sino por el Soat, esto generaba un gasto adicional a las aseguradoras” comenta Rodríguez Narváez.
Rodríguez Narváez agrega que el Ministerio de Transporte reglamentó la venta del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito a ciclomotores.
Consecuencias de hacer uso del transporte informal

Según la normativa, en Colombia quien preste un servicio no autorizado incurre en faltas, así lo explica Cáceres Rincón, “en cuestión del vehículo si es primera vez (que es encontrado cometiendo la falta), se inmoviliza cinco días; si es segunda vez, 20 días; a la tercera, seis meses; y ya en una cuarta vez, se puede suspender la licencia de conducción permanentemente”
Cáceres Rincón aclara que la normativa que ampara el transporte en Colombia se encontraba consignada en los decretos 170, 171, 172,173, 174 y 175, sin embargo, en el año 2015 “se aglutinaron en uno solo, que es el decreto 1079 pero los decretos se mantuvieron”
Por María Kamila Delgado Sosa
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