
Las causas de la sordera pueden ser múltiples y las consecuencias varían según las circunstancias socioeconómicas de las personas, y por supuesto, del país donde se encuentren, pues en cada uno hay distintas normas, leyes y decretos que van en pos del bienestar de todos sus ciudadanos. No obstante, hay una falencia en el sistema, ya que hacen parte de una minoría lingüística palpable en el país y en la región, no existe una educación para la diversidad y no hay la suficiente cantidad de personas conocedoras de la Lengua de Señas Colombiana, LSC.
Mucho se habla de las personas con discapacidad auditiva, por una parte se crean unos imaginarios colectivos, se ve a la persona sorda como “alguien sin capacidad de superarse, de tomar decisiones libres y autónomas, es visto como una enfermedad que hay que evitar, o una persona que requiere un apoyo caritativo”, afirmó Alberto Rafael Polo Díaz, director de la Asociación de Sordos de Santander, Asorsan. En definición, según la Organización Mundial de la Salud, OMS, una persona sorda es toda aquella que tiene una “pérdida total de la audición en uno o ambos oídos”. Lo anterior no significa que no tengan las capacidades y habilidades para salir adelante en cualquier contexto.
Polo Díaz, quien es también una persona sorda, afirmó que existen muchos obstáculos que les impiden la libre participación en la sociedad, principalmente el acceso a la información y la comunicación en lengua de señas, “en Bucaramanga no hay empresas o entidades públicas que cuenten con personal capacitado en lengua de señas, los cursos que reciben las empresas no son suficientes para entablar una comunicación fluida, por lo que no se presta un buen servicio”.

Las leyes
En Colombia existen leyes y políticas de inclusión que amparan a las personas con discapacidad, ya sea auditiva, visual o motora, entre otras. Sin embargo, todo parte de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de las Naciones Unidas, un documento que contiene una serie de normas y estatutos que deben cumplir los países que la acojan, entre esos, Colombia. El artículo número uno de este documento habla del propósito general que es “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”.
Por otra parte el 20 de diciembre de 1993, fueron aprobadas las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Consisten en 22 normas que están divididas en cuatro capítulos: requisitos para la igualdad de participación, esferas previstas para la igualdad de participación, medidas de ejecución, mecanismos de supervisión que abarcan todos los aspectos de la vida de las personas con discapacidad.
En el ámbito nacional, la Constitución Política de Colombia, también tiene contemplado dentro de sus leyes un apartado para las personas con discapacidad auditiva, entre las que más resaltan está la ley 1618 de 2013, “por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad”.
Clara Inés Tapia Padilla, directora del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación de la Universidad Industrial de Santander, UIS, manifestó que la creación y apropiación de estas leyes es de suma importancia, pues “se requiere de mandatos legales para que se cumplan los derechos, estos necesitan de un desarrollo normativo para que tanto instituciones, como ciudadanía en general los acojan y todas las personas con discapacidad puedan lograr el disfrute real de sus derechos”.
Panorama
La ley 324 de 2016, en su Artículo 6° contempla que “El Estado garantizará que en forma progresiva en Instituciones Educativas formales y no formales, se creen diferentes instancias de estudio, acción y seguimiento que ofrezcan apoyo técnico – pedagógico, para esta población, con el fin de asegurar la atención especializada para la integración de éstos alumnos en igualdad de condiciones”. No obstante, según un boletín territorial realizado por el Instituto Nacional para Sordos y el Ministerio de Educación, 18 de cada 100 niños en edad escolar no asisten a una institución educativa.
Un 54,3% de personas afirma que se debe a su condición. En el ámbito laboral, el 98% de las personas sordas están en edad para trabajar, aunque solo el 18% es económicamente activo, mientras que el otro 82% realiza actividades no económicas.

laboral como obrero empleado particular el 32.5%, trabajador por cuenta propia el 26.8% y jornalero o peón el 5%. /FOTO CINDY DANIELA MARTÍNEZ OSTOS.
Iniciativas
El Ministerio de Justicia y del Derecho ha venido trabajando una política de inclusión, se trata de la Red Universitaria para el Reconocimiento y la Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad, Rundis, a la que se han unido 60 universidades de todo el país. En Bucaramanga, las universidades que se han involucrado a esta iniciativa son la Autónoma de Bucaramanga, la UIS, la Pontificia Bolivariana, la Universidad de Santander, la Corporación Universitaria de Ciencia y Desarrollo y la Santo Tomás.
La iniciativa busca generar el “acceso oportuno y efectivo a la justicia de las personas con discapacidad, generar una transformación de la comunidad jurídica en torno a la discapacidad y optimizar el impacto social de la labor de las universidades”, es decir, que todas las personas puedan acceder a los servicios judiciales sin las limitantes a las que generalmente se enfrentan.
Luisa Fernanda Hernández Valdivieso, psicóloga y docente universitaria de la materia de LSC, afirmó que es importante contar con una educación para la diversidad porque “es necesario hacer un impacto social, que las personas conozcan el proceso social, educativo, cultural, deportivo, y demás de las personas sordas, con el fin de tener clara la información, pues alrededor de ellos existen mitos e historias del carácter o la forma de ser de un sordo que no son ciertas”.
Pese a las restricciones y la exclusión que hay en la comunicación entre un sordo y un oyente, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Mintic, junto a la Federación Nacional de Sordos de Colombia, Fenascol, han venido desarrollando el Servicio de Interpretación en Línea, Siel, una iniciativa que “facilita la comunicación entre sordos y oyentes que se encuentran en un mismo espacio al colocar a su disposición un intérprete en línea, al cual pueden acceder desde un computador, una tableta o un celular con conexión a internet y sistema de amplificación de audio y micrófono”.
Por Cindy Daniela Martínez
Cmartiinez748@unab.edu.co
Hola!!, me encanta tu forma de realizar el contenido, el mundo necesita mas gente como tu