El 31 de agosto el Consejo Nacional Electoral (CNE) dio a conocer las reglas establecidas en la resolución 1733 de 2016, bajo las cuales deberán promocionarse las campañas por el Sí y el No en el plebiscito por la paz, el cual se realizará el domingo 2 de octubre.
En cuanto a la conformación de Comités, el documento establece que ambas posturas podrán crear el número de grupos que deseen, siempre y cuando cada uno esté integrado por mínimo tres personas y máximo nueve, y le respondan de forma unánime al CNE.
Por Comité se deberá designar a un representante y las inscripciones serán válidas hasta el 13 de septiembre. Ninguna persona podrá hacer parte de las dos campañas al mismo tiempo.
Los Comités que se quieran registrar a nivel nacional, tendrán que hacerlo ante el Consejo Nacional Electoral; los de orden departamental, ante los Delegados Departamentales del Registrador Nacional del Estado Civil y los distritales, municipales y locales, ante los Registradores Auxiliares. En el exterior, los Comités de Campaña deberán comunicar su intención de participación al respectivo consulado.
De acuerdo con el delegado del Registrador Nacional en Santander, Roque Alirio Martínez Santos, “todas las inscripciones se harán de manera presencial por parte de los Comités y los miembros de estos deberán diligenciar el formulario diseñado por el Consejo Nacional Electoral y presentarlo con documentos como la fotocopia de cédula de ciudadanía y una cuenta bancaria con la que van a manejar sus recursos”.
Para las opciones del Sí y el No, el monto máximo que podrán destinar los Comités para financiar sus campañas será de 3.920 millones de pesos a nivel nacional; en el orden departamental, $1.045 millones, y en los municipios, en lugares con censo electoral igual o superior a 10 mil electores, será de $261 millones. En los que exista un censo electoral inferior a 10 mil electores, hasta la suma de $130 millones, al igual que los Comités de Campaña a nivel local.

No está permitido el uso de dineros del Estado para promover cualquiera de las dos posturas.
Se determinó que ambas alternativas tendrán igual acceso a los medios de comunicación, incluyendo internet, por lo que las dos opciones dispondrán de los espacios gratuitos e institucionales que tengan en televisión y en radio para promover el Sí o el No y podrán contratar un tope máximo de cuñas o propagandas dependiendo de si son radiales, televisivas o escritas, así como a cada Comité se le exigirá una cantidad máxima de vallas publicitarias de acuerdo a las categorías de los municipios. En el Distrito Capital, el número límite será de 30.
Acorde al artículo 18 de la resolución, durante el período de las campañas el Consejo Nacional Electoral creará una comisión de monitoreo para revisar los contenidos de los comerciales y verificar si estos se ajustan a las normas establecidas por la Corte Constitucional.
Respecto a las encuestas, el documento indica que estas se le deben hacer a mínimo 1.000 personas y solo se podrán publicar hasta el 27 de septiembre. Además, en su ficha técnica deberán especificar si fueron solicitadas por el Comité o por un medio de comunicación.

Si se presentan inconsistencias graves en los resultados de los sondeos, se impondrán multas que oscilan entre los 17 y los 27 millones de pesos a los encuestadores y al medio que las publique como corresponsable del acto ilícito.
Según Roque Martínez, aunque los funcionarios no tienen permiso de hacer uso de bienes y dineros públicos, sí podrán formar parte de los Comités y ejercer como testigos electorales y, conforme la reglamentación del CNE, tampoco estarán autorizados para suspender injustificadamente sus labores con el fin de hacer campaña, ni presionar a sus empleados para que apoyen alguna de las dos opciones.
Ambas campañas podrán postular sus testigos electorales hasta el 7 de septiembre y serán jurados de votación los ciudadanos que sean escogidos por sorteo. El máximo tribunal electoral estableció que por cada mesa habrá un testigo del Sí y otro del No.
Como afirmó el delegado del Registrador Nacional en Santander, la Contraloría General de la República y la Fiscalía van a estar pendientes del proceso del plebiscito antes, durante y después de las votaciones. “Los agentes de control y también grupos como la Misión de Observación Electoral, MOE, que son organizaciones no gubernamentales que están al servicio de la transparencia, se encuentran controlando lo que tiene que ver con las situaciones que se salgan de lo reglamentado y que encajen dentro de los delitos electorales. Lo importante es que si la ciudadanía ve alguna irregularidad, denuncie de forma fundamentada a la Fiscalía”, añadió el funcionario.
De esta manera, la Registraduría Nacional expidió la resolución 8124 en la que se define todo lo relacionado al calendario electoral del plebiscito para determinar las fechas y actividades que se realizarán del 30 de agosto al 4 de octubre.
El día de las elecciones los únicos tipos de voto serán nulo, no marcado, Sí o No y los colombianos en el exterior ejercerán su derecho el mismo día en que se realizará el plebiscito en el país, es decir, el 2 de octubre, una semana después de la firma oficial de los Acuerdos de La Habana el 26 de septiembre en Cartagena.
Por María Fernanda Acevedo Solano
macevedo473@unab.edu.co
[…] crean análisis en el momento de saber por cuál opción votar: ¿Por qué el mecanismo del plebiscito es con Sí y No?, ¿por qué no hay voto en blanco?, ¿por qué bajó el umbral del Sí del 50% al […]