Periódico 15 pudo conocer el caso de Javier Villamarín, quien fue víctima de acoso laboral por parte de su empleador en 2014 a los 22 años cuando trabajaba en una empresa como administrador de sistemas. “Duré trabajando solo ocho meses ahí por las mismas condiciones, sabía a qué horas llegaba pero no a qué horas salía y era exigencia de los jefes”, aclara Villamarín.
La jefe inmediata y el gerente se enteraron del inconformismo, a pesar de esto, todo siguió igual. “Una de las normas que tenía la empresa era que por cada cinco minutos que uno llegaba tarde le cobraban media hora de trabajo el sábado sin remuneración”, cuenta Villamarín.
Él nunca se atrevió a poner una queja ante el Ministerio del Trabajo por miedo a llegar a perder, además que estaba empezando su vida laboral. Otra de las malas experiencias que contó Villamarín, es que las asesoras del centro de llamadas tomaban agua del dispensador lo que causaba que fueran muchas veces al baño y eso era considerado tiempo de trabajo para la empresa.
“El jefe me enviaba a desconectar el dispensador de agua y me pedía que le dijera a las muchachas que el filtro se había dañado y que necesitaba mantenimiento, solo para que trabajaran más”, dice Villamarín.
Detonante
Todas estas situaciones ocasionaron que Villamarín tomara la decisión de irse de la empresa, sin embargo hubo una definitiva. “Ahí conocí un sistema de telefonía IP y me gustó, entonces quería especializarme en eso y hacer unos cursos en Bogotá, solicité un permiso no remunerado para que me ayudaran con eso”. A pesar de haberlo pedido no se lo aceptaron, sin embargo unos meses más tarde lo volvió a intentar pero también se lo rechazaron.
“Esto beneficiaba a la empresa pero no me los aceptaron y al ver que no me daban la autorización para seguirme capacitando, pues decidí renunciar porque en ese momento mi idea no era quedarme estancado siendo técnico, sino que quería aprender más”, cuenta Villamarín.
Punto de vista jurídico
La ley de acoso laboral prevista es la 1010 de 2006, la cual tiene por objetivo prevenir, corregir y sancionar todo ultraje a la dignidad humana que se lleve a cabo en una relación laboral.
Álvaro Rojas Barón, especialista en derecho laboral y seguridad social, con una experiencia de 43 años al servicio del Ministerio de Trabajo, habló con esta redacción acerca de la ley.
“El acoso laboral que trata la ley es del respeto entre personas de trato y de hecho. Cuando es de trato recuerda que las malas palabras, que los sobrenombres, que las formas y costumbres que tienen algunas personas del manejo interpersonal, pueden interpretarse como acoso laboral”, dice Rojas.
La norma también prohíbe mayormente el mal uso de palabras que puedan llegar a generar una situación de acoso en una relación laboral.
“Aquí se ha tenido que fallar sancionando a cualquiera de las personas quejosas, contra la otra persona, precisamente por eso. También ha traído conflictos internos que pueden ocasionar un caso de acoso laboral entre trabajadores”, comenta Rojas.

en el Ministerio del Trabajo de los cuales solo el 10% han tenido retribución a favor de demandante. / FOTO MARÍA GABRIELA ACEVEDO GARCÍA
El procedimiento para que se reconozca un caso como acoso laboral inicia al presentar una queja ante el comité de convivencia laboral de las empresas. Si no se logra un acuerdo desde esta área, se pasa al siguiente punto que es la ley y ésta es el Ministerio del Trabajo.
“El trabajador debe presentar queja por acoso laboral y desde luego tener las pruebas, y el Ministerio de Trabajo hace un procedimiento interno de citar las partes y escucharlos individualmente para después concluir oyéndolos de manera colectiva, lo que significa las dos partes”, explica el abogado.
En Colombia, menos del 30% de las personas conocen la Ley 1010, según una investigación de la Universidad Libre. Esta es una de las razones por la que no se denuncia este tipo de situaciones.
Por María Gabriela Acevedo G.
macevedo264@unab.edu.co