Si bien en lo establecido en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera se aprobó como primer punto una propuesta integral de desarrollo rural, no se puede desconocer que esta no es la primera vez que se intenta negociar un acuerdo de paz entre dos partes, y tampoco es la primera vez que el campo y las tierras colombianas son un punto clave de negociación.
El primer tratado de paz se dio en 1902 después de la Guerra de los Mil Días (1899 – 1902) protagonizada por los partidos Conservador y Liberal, liderados por Manuel Antonio Sanclemente y Rafael Uribe Uribe, respectivamente, que finalmente terminaron ganando las toldas azules.
En ese entonces los puntos de negociación aceptados por los liberales fueron: Participación política, pensión y repartición de tierras, el primer punto fue el único que se cumplió, la pensión y las tierras nunca llegaron.
Se han promulgado distintas leyes con el fin de solucionar el problema rural en Colombia, la primera norma que se instauró en cuanto al tema de restitución de tierras fue la ley 200 de 1936, bajo la presidencia Alfonso López Pumarejo (Partido Liberal). Ésta se centró en la explotación económica de los predios de manera obligatoria y buscaba favorecer a los campesinos reconociéndoles el dominio parcial de las tierras, pero fue abatida por el Partido Conservador, ya que los liberales encabezados por López Pumarejo les estaban expropiando sus territorios.
25 años después con la llegada del Frente Nacional y la presidencia del liberal de Alberto Lleras Camargo, se decretó la ley 135 de 1961, la cual buscó la equidad en cuanto a la propiedad de las tierras. Se estipuló que las personas naturales como máximo podían recibir 450 hectáreas y que tenían que demostrar que por lo menos explotaban dos tercios de su tierra. Con esta ley se creó la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC).
Otra norma es la ley 63 de 1994, con el mandato de César Gaviria Trujillo (Partido Liberal). Esta tenía como objetivo mejorar la calidad de vida de los campesinos, con mayores oportunidades especialmente para la mujeres, además, se renovó la extinción de dominio por parte del Estado ya propuesta en la ley 200, con la cual la nación podía seleccionar áreas estratégicas para su uso y negociar con los propietarios para su compra o sino agotar las vías legales para la expropiación.
La última ley fue la 1448 del 10 de junio de 2011, más conocida como ley de víctimas y restitución de tierras. Con esta norma, el presidente Juan Manuel Santos Calderón (Partido de la U) promocionaba su voluntad de paz con las Farc-EP, siendo ésta un punto de partida para un eventual posconflicto.
El objetivo de esta norma es el reconocimiento de las víctimas del conflicto armado colombiano y de sus derechos a la verdad, justicia y reparación, con una idea final de realizar una reparación integral incluyendo la recuperación de las tierras usurpadas por grupos al margen de la ley, entre los años 1991 hasta la fecha, mientras en cuanto a las víctimas se refiere, acoge a todas aquellas que hayan sufrido daños a partir del 1 de enero de 1995.
Pese a que se califica que lo acordado ha sido importante para los que han sido despojados de sus territorios, es importante destacar que este punto del Acuerdo sigue manteniendo al campesinado en desventaja frente a las agroindustrias y poseedores de extensiones considerables de tierra. Además, requiere especialmente de un registro catastral para conocer quiénes son los verdaderos propietarios de dichos terrenos. En total, el Gobierno se comprometió a conseguir tres millones de hectáreas en todo el país. Éstas saldrán tanto de terrenos baldíos como de tierras sometidas a la extinción de dominio y la expropiación (que otorgará una indemnización al propietario actual). También se tendrán en cuenta territorios que hacen parte de reservas forestales y que han sido invadidos por particulares.
Acuerdo de Paz 2016
El primer punto del acuerdo de paz es sobre la Reforma Rural Integral (RRI), con este se busca que se cierre la brecha entre el campo y la ciudad. La reforma tiene básicamente 3 aspectos claves para que se pueda desarrollar.
El primero es crear un Fondo de Tierras para poder realizar la distribución equitativa del campo, cabe resaltar que los terrenos ya apropiados no serán despojados de sus dueños. Para este punto el Estado usará los lotes baldíos que por ley son parte de la Nación, también se usarán las tierras expropiadas por ilegalidad, por ejemplo narcotráfico, y finalmente reservas naturales que fueron mal utilizadas y perdieron su forma.
El segundo son los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), que tiene como objetivo principal lograr la transformación estructural del campo y el ámbito rural, para finalmente establecer un balance total entre ambas partes.
El tercero, Planes Nacionales para la Reforma Rural Integral, tiene como objetivo alcanzar el bienestar de la población rural, por lo tanto se mejorará la infraestructura por medio de la creación de vías de acceso y se optimizará la electricidad y la conectividad. En cuanto el desarrollo social se crearán centros de salud, colegios y viviendas, y para el desarrollo económico se prestarán las condiciones necesarias para que las tierras sean productivas, se realizarán capacitaciones de mercadeo, y se facilitará la financiación.
Por Jamir Urueta Maloof
Jurueta@unab.edu.co
Mauricio Quiroga Gómez
Jquiroga305@unab.edu.co