Si bien esta es una nueva oportunidad para reescribir la historia de Colombia y el chance de abrir camino y materializar lo convenido entre el Gobierno y las Farc-EP en La Habana, Cuba, lo cierto es que la construcción de una paz “estable y duradera” no será fácil. Uno de los principales obstáculos a superar es la refrendación que el pueblo colombiano haga el próximo 2 de octubre en las urnas, donde se sabrá si éste “bendice” o no lo pactado en las 297 páginas del Acuerdo Final.
De contar con la venia de la sociedad colombiana, se entraría en una fase aún más compleja, pues la transformación del país no solo estaría en manos del Gobierno y de los actores que dejan las armas, sino en el apoyo institucional, la participación de nuevos actores en la política nacional, el papel de las organizaciones sociales y campesinas, y del aporte de la ciudadanía, cuyo presente y futuro le exige apelar al consenso para entender y aportar al cambio, alcanzar el perdón, la reconciliación y finalmente la paz.
¿Cómo lograrlo? Las estrategias y acciones a seguir se plasman en el punto 6 de los Acuerdos: Implementación, verificación y refrendación, en el cual se debe llevar a la práctica lo acordado, a través de tres vías. La primera de ellas conduce a la Comisión de Implementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias, que integran tres representantes del Gobierno Nacional y tres de las Farc-EP, la cual tiene como objetivo hacer seguimiento y verificar el cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo Final. Su periodo se extenderá hasta enero de 2019, pero puede extenderse hasta por diez años.
Dentro de sus funciones también está hacer seguimiento a la implementación legislativa de los Acuerdos, tramitar las reformas normativas necesarias ante el Congreso, especialmente durante el año siguiente a la firma de lo pactado. Lo que debe entender la sociedad colombiana es que en este punto el papel de los actores regionales cobra relevancia, ya que las partes que estuvieron en la negociación definieron que las acciones se deben desarrollar a través de planes de desarrollo, departamentales y municipales, que concentren medidas para garantizar la implementación de lo pactado. Además, será a través del Sistema General de Participaciones y el Sistema General de Regalías que saldrán los recursos para dicha implementación.
Un segundo camino le permitirá a los Acuerdos contar con el acompañamiento de cuatro países (Cuba, Chile, Noruega y
Venezuela), además de una misión política de observación del proceso, definida por las Naciones Unidas. Esto se integra en lo que se definió como mecanismo internacional de verificación. Además de la refrendación, existe un último camino o vía de carácter legal por transitar, denominada blindaje jurídico, y consagrado en el Acto Legislativo para la Paz, el cual ya fue aprobado por la Cámara de Representantes. En éste se establecen una serie de instrumentos que le permitirán al Gobierno tramitar las leyes requeridas para implementar los Acuerdos. Además, le otorga facultades especiales al Presidente de la República para aprobar o expedir, en dado caso, normas o decretos de fuerza de ley.
Vale resaltar que dicho Acto Legislativo para la Paz fue demandado por el constitucionalista Jesús Pérez González, el 22 de agosto, bajo el argumento de que la norma viola el Estado constitucional de derecho y que “debe declararse inexequible porque presenta un vicio de incompetencia del Congreso para sustituir la Constitución”.
Por Xiomara Montañez M.
xmontanez@unab.edu.co
Alejandro Meneses Meneses
cmeneses286@unab.edu.co