Lo que le ocurrió a Yolsabet Durán Guzmán la noche del 22 de noviembre de 2016 reposa con mínimos detalles en el dictamen de Medicina Legal. Aquel documento que sus abogados describen como la prueba de que sí fue un feminicidio y no un homicidio agravado, sumado a otros elementos que se recolectaron y que en su momento no se tuvieron en cuenta, conserva a manera de historia de terror lo que la médica de 24 años tuvo que soportar hasta el último aliento de su vida, en la oscuridad, atada de pies y manos, sin que nadie la viera o al menos la escuchara.
Con el paso de los meses su recuerdo sigue más vivo que nunca. Atrás van quedando los detalles que buscaban saciar el morbo de los que le seguían el rastro a esta tragedia: ¿Tenía o no una relación sentimental con Diego Armando Amaya Pérez, quien confesó que la asesinó y luego la enterró en el patio de su casa? ¿Acaso alguien quiso castigarla porque, como se ha especulado, se lo merecía por haber engañado a un novio que tenía en Bogotá?
Lo que ahora importa en Barrancabermeja y que los integrantes de la Organización Femenina Popular (OFP) piden hasta el cansancio es que Amaya Pérez (25 años) reciba una condena ejemplar, especialmente para borrar el imaginario que ha quedado en el ambiente de que “se puede secuestrar, torturar, violar y enterrar a una mujer en cualquier lugar y esto puede ser un crimen como cualquier otro”.
El 4 de abril se conocerá el fallo que emitirá el Juzgado Segundo Penal del Circuito del puerto petrolero sobre el caso; sin embargo, la defensa, liderada por la abogada Silvia Yáñez, expresa preocupación al respecto, teniendo en cuenta que no se ha reconocido que la muerte de Durán Guzmán fue un feminicidio.
Incluso, como ocurrió en la audiencia del 7 de marzo, “la Procuraduría desestimó en su concepto el recurso interpuesto por los abogados, y la juez expresó que solo se pronunciará al respecto en la sentencia”.
Como asegura Yáñez, los defensores solicitaron la nulidad de los cargos por homicidio agravado imputados al responsable, y que de nuevo se atribuyan, además del delito de feminicidio, el de tortura, desaparición forzada y abuso sexual, ya que la necropsia así lo evidencia.
“Necesitamos que se hagan todas las indagaciones que están pendientes, como la recolección de testimonios de otras víctimas del implicado y que se amplíe el dictamen de Medicina Legal. No solo fue homicidio agravado. Hay un concurso heterogéneo de conductas que deben ser imputadas para garantizar la justicia”, comenta la abogada.
Como lo relató al Periódico 15, el caso no ha sido fácil para la defensa desde un principio, debido a que no solo se han revictimizado a los familiares, sino que algunos detalles no han sido claros.
Una vez Amaya Pérez confiesa que la asesinó de dos golpes en la sien y que luego la enterró en el patio de su casa, ubicada en el barrio Miraflores, la autoridad judicial lo lleva ante un juez de control de garantías que le imputa los cargos por homicidio agravado, desconociendo, según la abogada, lo que contempla la ley 1761 de 2015 a la hora de establecer si es o no un feminicidio, entre esto, que “Amaya mantuvo a la víctima incomunicada; que le obstruyó su libertad de locomoción en el tiempo previo a la muerte; que era conocido en la familia y que tenía una relación de amistad, y que la había agredido física y psicológicamente”.
Sumado a esto, los representantes de la OFP de Barrancabermeja ha encontrado a partir de este caso un sinfín de situaciones que dificultan la aplicación de la mencionada ley, desde obstáculos institucionales, socioculturales y jurídicos que deben entrar a analizarse, ya que “la verdad procesal es importante, pero la verdad para las víctimas y la sociedad también”, como argumenta Yáñez, porque “no es lo mismo decir que a usted la mataron de dos golpes en la sien a decir que la golpearon, la torturaron, la violaron y la enterraron”.
Para la abogada, el sistema judicial no ha podido transformar la propia teoría del derecho alrededor de los avances constitucionales y de garantía de los derechos humanos. Según afirma, frente a casos de feminicidio, todavía los funcionarios judiciales las observan como unas “feminazis” o “las locas feministas” y no ven que esta es una política criminal que ya adoptó el Estado colombiano y frente a la cual hay que irse ajustando.
“El derecho también tiene un poder simbólico que si se utilizara en este sentido pudiera transformar o contribuir a transformar las causas estructurales de tanta discriminación que finalmente también es la raíz de la violencia contra unos grupos poblacionales, y específicamente contra la mitad de la población que somos las mujeres”, concluye la defensora.

Guzmán, sino amigo de sus hermanos. Se conocieron en un grupo juvenil de la iglesia a la que ambas familias asistían. El 24 de noviembre
de 2016, el agresor se entregó. Mientras se adelantaba la diligencia ante los estrados judiciales, las autoridades encontraron
el cuerpo sin vida de Durán Guzmán, quien además presentaba signos de tortura. La autopsia finalmente reveló que la causa de la
muerte fue asfixia, según la abogada Silvia Yánez. /FOTO ÉDGAR PERNETT
Por Xiomara K. Montañez M.
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